Sobre el derecho fundamental al agua...

El derecho humano al agua: es el derecho de todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico, este derecho se encuadra en la categoría de las garantías indispensables para asegurar un nivel de vida adecuado, porque es una condición necesaria para la supervivencia”.

OBSERVACIÓN GENERAL No. 15 AL PIDESC (OGNo.15)


viernes, 28 de mayo de 2010

Concluye CODDEHUM que se vulneran los derechos de los cinco pueblos.

Chilpancingo, Guerrero. 8 de febrero de 2010.


• Emite la CODDEHUM recomendación a favor de los cinco pueblos: los gobiernos estatal y municipal de Tecoanapa vulneran su derecho al agua, a la salud y a un medio ambiente sano.
• Después de una amplia investigación, el organismo concluye que hay omisiones en garantizar estos derechos fundamentales y resalta el alto grado de marginación de las comunidades afectadas.
• Demanda la Red Guerrerense atención inmediata al conflicto: las condiciones para realizar la obra están dadas mientras que la tensión social sigue aumentando a la par de los problemas de salud.
El pasado 2 de febrero, la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero (CODDEHUM-Guerrero), emitió la recomendación 06/2010 en la que concluyó que el gobierno municipal de Tecoanapa y el gobierno estatal, vulneran el derecho al agua potable, la salud y a un medio ambiente sano, en perjuicio de los habitantes de cinco pueblos de ese municipio, con lo que finaliza la queja presentada por los cinco comisarios de las comunidades de Mecatepec, Tepintepec, Barrio Nuevo, El Guayabo y El Carrizo. El organismo señala que las autoridades estatales y municipales no han garantizado ni protegido esos derechos fundamentales.
Dentro del expediente número CODDEHUM-VG/148/2009-I, ESPIRIDIÓN NAVA CASIMIRO, ESTEBAN MAYO SÁNCHEZ, FELIPE DE JESÚS PASTRANA RAMÍREZ, PANTALEÓN GÓMEZ GALLARDO y JOSÉ GALLARDO GARCÍA, Comisarios de Mecatepec, Tepintepec, Barrio Nuevo, El Guayabo y El Carrizo, Municipio de Tecoanapa, respectivamente, señalaron que los diferentes estudios realizados (técnicos, impacto ambiental, sustentabilidad, etc.) indican que hay agua suficiente para atender la necesidad del líquido que existe entre los cinco pueblos, además de que ya existe un presupuesto asignado para la construcción de un Sistema Múltiple de Agua Potable. Sin embargo, los gobiernos estatal y Municipal de Tecoanapa, no han garantizado el derecho a la salud, consistente en el acceso al agua potable y a un medio ambiente sano mediante la construcción de la obra y el tratamiento de las aguas residuales; actualmente la gente de esas comunidades consume agua contaminada por el drenaje de la cabecera municipal, de ahí que las enfermedades gastrointestinales y de la piel se hayan convertido en un problema de salud pública, de acuerdo al estudio químico de las aguas del río donde desembocan las aguas residuales de la cabecera municipal de Tecoanapa, “se identificó la presencia de coliformes fecales y totales por encima de lo que establece la Norma Oficial Mexicana Modificada NOM-127-SSA1-1994, Salud Ambiental. Agua para uso y consumo humano. Por tal razón no se recomienda su uso y consumo”. A lo anterior se agrega el hecho de que un grupo de personas de manera dolosa han destruido parte de las obras iniciadas para impedir la construcción del sistema de agua potable; las mismas autoridades no han protegido los bienes y servicios de sus comunidades contra acciones de terceros, lo que ha permitido la gestación y crecimiento de un problema social que requiere atención urgente.
Después de llevar a cabo una investigación amplia, la CODDEHUM concluye que los hechos expuestos por los quejosos quedaron acreditados, además agrega que de acuerdo a datos del Consejo Nacional de Población, las comunidades de Mecatepec, Tepintepec, Barrio Nuevo y El Guayabo presentan un grado de marginación Alto, mientras que El Carrizo posee un grado de marginación Muy Alto, por lo que es necesario priorizar la atención de esos grupos vulnerables.
En base a ello, la CODDEHUM recomienda al gobierno estatal, a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas:
• Reiniciar a la mayor brevedad posible los trabajos de la obra, realizar una vigilancia permanente a fin de evitar que los inconformes sustraigan material de la obra o lleven a cabo acciones con el propósito de evitar su conclusión o funcionamiento, además de garantizar que el estado, el municipio y la federación aporten los recursos correspondientes para su conclusión y se garantice así el goce y disfrute del derecho humano al agua en las cinco comunidades.
En cuanto al Cabildo del Municipio de Tecoanapa, la recomendación va en el mismo sentido, además de:
• Llevar a cabo campañas de salud para atender a las personas enfermas y en caso de que su capacidad sea rebasada, gestionar el apoyo correspondiente de la Secretaría de Salud. También adoptar las medidas y acciones necesarias para prevenir, evitar y mitigar la descarga de aguas contaminantes en el río de Tecoanapa de las lagunas de oxidación.

Las organizaciones integrantes de la Red Guerrerense de Organismos Civiles de Derechos Humanos AC, consideramos que la investigación de campo realizada por la CODDEHUM, permitió una documentación objetiva de los hechos que motivaron la queja, por lo que hacemos un llamado a las autoridades, tanto estatales como municipales para que no desestimen la recomendación de la CODDEHUM y se garantice el derecho al agua, a la salud y a un medio ambiente sano, de acuerdo a los tratados, pactos, convenciones y demás instrumentos que México ha firmado y ratificado en materia de derechos humanos.

ATENTAMENTE
RED GUERRERENSE DE ORGANISMOS CIVILES DE DERECHOS HUMANOS
Secretaría Técnica.

No hay comentarios: