Sobre el derecho fundamental al agua...

El derecho humano al agua: es el derecho de todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico, este derecho se encuadra en la categoría de las garantías indispensables para asegurar un nivel de vida adecuado, porque es una condición necesaria para la supervivencia”.

OBSERVACIÓN GENERAL No. 15 AL PIDESC (OGNo.15)


viernes, 7 de mayo de 2010

Crónica del conflicto por el Agua en Tecoanapa.


Crónica del conflicto por el Agua en Tecoanapa.
En 1997, al construirse el drenaje y la laguna de oxidación de la cabecera municipal de Tecoanapa, Guerrero, las dos afluentes de donde se abastecen de agua las comunidades de Mecatepec, Tepintepec, Barrio Nuevo, El Guayabo y El Carrizo (en adelante “las cinco comunidades”), comenzaron a contaminarse con las descargas de las aguas negras provenientes dela cabecera municipal, afectando la salud de los habitantes de las cinco comunidades con la proliferación de enfermedades, la perdida de ganado, perdidas en la agricultura, además de que se cancelaron los pozos de agua e incluso se cancelaron los lavaderos públicos que se encuentran a la orilla del río de las cinco comunidades.
A partir de 2002 ante el aumento de la contaminación del río, las cinco comunidades empiezan a gestionar el recurso del agua para abastecerse a través de un sistema de gravedad proveniente del  Río del Ejido de San Francisco, perteneciente al mismo Municipio de Tecoanapa, lugar de donde obtienen agua la cabecera municipal (TECOANAPA), Tecuantepec y Buena Vista.
El 5 de febrero de 2005, se constituyó el Consejo de Autoridades de las cinco comunidades, con el objetivo de gestionar una obra que beneficiara a los habitantes de Tecoanapa, Tecuantepec, Buena Vista y las cinco comunidades; el 18 de agosto de 2006, el C. Lic. Álvaro Morales García, Presidente Municipal de Tecoanapa, en reunión con los comisarios municipales y comisariados ejidales de las cinco comunidades, el presidente del Comité de Agua Potable y el representante de la Comisión de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Estado de Guerrero (CAPASEG), de acuerdo con el proyecto y estudios del Sistema Múltiple de Agua Potable, acordaron la construcción del proyecto, además de otorgar autorización para el paso de la línea de conducción.
Con fecha del 12 de marzo de 2007 el Gobierno del Estado de Guerrero (representado por el Coordinador General del Ejecutivo Estatal, el Secretario de Finanzas y Administración y el Secretario de Desarrollo Urbano y Obras Públicas) y el Ayuntamiento municipal de Tecoanapa, Guerrero (representado por el Presidente Municipal), celebraron el convenio denominado “Anexo de Ejecución 056/07/048” estableciendo los compromisos y obligaciones de ambas partes para el financiamiento y ejecución del proyecto llamado “Construcción del Sistema de Agua Potable” en el municipio de Tecoanapa. El presupuesto aprobado es de aproximadamente 24 millones de pesos para ejecutar el proyecto en dos etapas. La obra fue sometida a licitación con número 41063001-15-7 y la empresa ganadora fue “MEXPROC” Mexicana de Proyectos Civiles  S.A de C.V. La primera etapa consiste en la construcción de una caja de captación en las Cazuelas y 6000mt de la línea de construcción e interconexión con tuberías de acero cedula de 6” 4” y 3” de diámetro. El importe en la primera etapa es de $10, 815,464.00 (Diez millones ochocientos quince mil, cuatrocientos sesenta y cuatro pesos). En la cláusula décima del referido anexo, se designó como responsable de ejecución del proyecto a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Estado de Guerrero y como encargada del control y vigilancia de la obra a la Contraloría General del Estado. Así mismo se acordó que la totalidad de la obra se ejecutaría en un término de 24 meses y que la primera etapa estaría concluida en mayo de 2008.
El 21 de abril de 2007, en sesión extraordinaria de cabildo del Ayuntamiento municipal de Tecoanapa, Guerrero, se aprobó la servidumbre de paso en el ejido de Tecoanapa, en virtud de que para que el agua llegue a los cinco pueblos, es necesario que la tubería pase por dicho ejido, siendo introducida por la zona federal para no afectar parcelas de particulares ni servicio público alguno. Sin embargo, las entidades encargadas de ejecutar y vigilar la obra, no han asumido su responsabilidad, pues no existe ningún impedimento legal, técnico, material ni social para mantener suspendida la obra y la única razón que han alegado para justificar dicha suspensión es la oposición de un grupo de personas autodenominado “Comité de Agua Potable”, quienes actualmente controlan el abastecimiento del agua en Tecoanapa y que una vez concluida la obra dicho comité desaparecería pasando el abastecimiento del agua a control del Ayuntamiento Municipal, de acuerdo a lo establecido en el Art, 115 Constitucional Fracción III inciso A), el cual a la letra dice:
III .Los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:
A)     Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas.
Los días 3 y 4 de junio de 2009, Baldomero Castro Mendoza, Roberto Valle Sotelo y Margarita Vega Cantor, presidente, secretario y tesorera del Comité de Agua Potable, respectivamente, en compañía de otras personas, causaron daños graves al avance de la obra que era del 85%, rompiendo castillos y atraques y tumbando la tubería que ya estaba instalada, las autoridades no han realizado ninguna gestión para imputar responsabilidades a estas personas por los daños causados en las obras públicas en perjuicio de los habitantes de las cinco comunidades, permitiendo que incluso dicho comité amenace e impida a los trabajadores de la constructora Mexproc realizar su trabajo.
Actualmente, el autodenominado Comité de Agua Potable de Tecoanapa, controla el abastecimiento del agua vendiéndola a ranchos, albercas, purificadoras (hasta el momento están identificadas tres purificadoras: La Sayjai, La Peña y Tecoanapa) y a los habitantes de la cabecera, a quienes engaña sobre los propósitos del proyecto, diciendo que de construirse el Sistema de Agua Potable, la cabecera municipal se quedaría sin agua, además de que el citado comité no cuenta con ninguna concesión que le permita explotar el líquido y no rinde cuentas ni informes sobre los ingresos que obtiene o la manera en que establece los precios, cancelando arbitrariamente las tomas de agua de quienes no estén de acuerdo con sus actividades. Se calculan que existen alrededor de 3 mil tomas de agua que no están registradas.
El 9 de julio de 2009, los CC. Espiridión Nava Casimiro, Usiel Venancio Ramírez, Alfonso Joaquín García, Ignacio Joachín García e Isidoro Vencedor Galalrdo, comisario de Mecatepec, El Carrizo, Tepintepec, Barrio Nuevo y El Guayabo, respectivamente, pertenecientes al municipio de Tecoanapa, Guerrero, presentaron queja ante la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos del estado de Guerrero (CODDEHUM), radicándose el expediente CODDEHUM-VG/148/2009-1. El pasado 2 de febrero, la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero (CODDEHUM-Guerrero), emitió la recomendación 06/2010 en la que concluyó que el gobierno municipal de Tecoanapa y el gobierno estatal, vulneran el derecho al agua potable, la salud y a un medio ambiente sano, en perjuicio de los habitantes de cinco pueblos de ese municipio, con lo que finaliza la queja presentada por los cinco comisarios de las comunidades de Mecatepec, Tepintepec, Barrio Nuevo, El Guayabo y El Carrizo. El organismo señala que las autoridades estatales y municipales no han garantizado ni protegido esos derechos fundamentales.
En base a ello, la CODDEHUM recomienda al gobierno estatal, a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas:
·         Reiniciar a la mayor brevedad posible los trabajos de la obra, realizar una vigilancia permanente  a fin de evitar que los inconformes sustraigan material de la obra o lleven a cabo acciones con el propósito de evitar su conclusión o funcionamiento, además de garantizar que el estado, el municipio y la federación aporten los recursos correspondientes para su conclusión y se garantice así el goce y disfrute del derecho humano al agua en las cinco comunidades.
En cuanto al Cabildo del Municipio de Tecoanapa, la recomendación va en el mismo sentido, además de:
·         Llevar a cabo campañas de salud para atender a las personas enfermas y en caso de que su capacidad sea rebasada, gestionar el apoyo correspondiente de la Secretaría de Salud. También adoptar las medidas y acciones necesarias para prevenir, evitar y mitigar la descarga de aguas contaminantes en el río de Tecoanapa de las lagunas de oxidación.

El 14 de agosto de 2009 ante la suspensión del servicio de agua a la cabecera municipal que realizaron habitantes de las cinco comunidades respaldados por el ejido de San Francisco para presionar por la reanudación de la obra, los habitantes de la cabecera municipal bloquearon el acceso al pueblo de San Francisco impidiendo la entrada y salida de personas, lo que concluyó de manera trágica cuando una mujer en labores de parto no pudo acudir a ser atendida en el hospital de Tecoanapa, por lo que el niño que nació en la vía pública falleció. El pueblo de San Francisco, dueño legítimo del manantial de donde se abastece de agua Tecoanapa, dedicó una buena parte de sus tierras a la conservación del ecosistema para garantizar el abasto de agua para toda la población (incluidas las cinco comunidades), dichas tierras están sin producir y el resultado de su sacrificio es aprovechado por el Comité de Agua Potable que explota el recurso sin contribuir de manera alguna con la reforestación del bosque de San Francisco ni con la conservación del medio ambiente, así como tampoco aporta recursos al ejido de San Francisco por el uso que realiza de su agua. Tanto las autoridades como los habitantes de San Francisco han aceptado respaldar la demanda de las cinco comunidades y compartir con ellas el recurso, por lo que también han resultado agredidos y amenazados por habitantes de Tecoanapa en represalia por apoyar a las cinco comunidades.
En reunión con Cesar Bajos Valverde, secretario particular del gobernador de Guerrero, Zeferino Torreblanca Galindo, se acordó la reanudación de la obra el 5 de octubre de 2009, sin embargo esto no ocurrió así que se solicitó una nueva audiencia, misma que se concedió para el día 20 de octubre de 2009 y a la cual el funcionario no se presentó, con lo que las autoridades de los cinco pueblos dieron por terminadas las acciones de diálogo y concertación debido a que a pesar de conducirse por las vías legales y privilegiando el diálogo, han sido engañados por autoridades municipales y estatales en numerosas ocasiones.
Con fecha 18 de noviembre de 2009, encabezadas por los cinco comisarios, 2100 personas de los cinco pueblos promovieron juicio de amparo por violación de su derecho a la salud consistente en el acceso al agua potable y a un medio ambiente sano, ante el Juez de Distrito en Turno con sede en Chilpancingo. No obstante, el Juez Federal se declaró incompetente y turnó la demanda de amparo al Juez de Distrito en Turno con sede en Acapulco. Por razón de turno le tocó conocer el amparo al Juez Segundo de Distrito, sin embargo dicho Juez no aceptó la competencia planteada y devolvió el amparo al Juez Primero de Distrito. El Juez Primero de Distrito insistió en que es incompetente, por lo que remitió el expediente Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito, para la substanciación del conflicto de competencia, y por razón de turno le tocó conocer al Primer Tribunal  quien resolverá ante qué Juzgado  se tramitará el juicio de amparo promovido por los cinco pueblos.

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