Sobre el derecho fundamental al agua...

El derecho humano al agua: es el derecho de todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico, este derecho se encuadra en la categoría de las garantías indispensables para asegurar un nivel de vida adecuado, porque es una condición necesaria para la supervivencia”.

OBSERVACIÓN GENERAL No. 15 AL PIDESC (OGNo.15)


viernes, 28 de mayo de 2010

TOMAN LOS CINCO PUEBLOS MANANATIAL QUE SURTE DE AGUA A TECOANAPA


Chilpancingo, Guerrero. 25 de febrero de 2010.






• Suspenden habitantes de cinco pueblos de Tecoanapa servicio de agua a la cabecera municipal, exigen la conclusión inmediata del Sistema de Agua Potable.

• “Agua para todos o para nadie” respalda a las comunidades el pueblo de San Francisco, anuncia que de no realizarse la obra, retirarán toda la tubería ajena a su ejido y ocuparán de nuevo las tierras que varios ejidatarios cedieron para mantener el manantial.

• Emite la Red Guerrerense Acción Urgente ante posible violencia en el conflicto, demanda a los tres niveles de gobierno que garanticen los derechos humanos de las ocho comunidades involucradas, concluya la obra y no criminalice el movimiento.

La madrugada de hoy, alrededor de las 2 am, un contingente de aproximadamente 300 personas originarias y vecinas de los pueblos de Mecatepec, Tepintepec, Barrio Nuevo, El Guayabo y El Carrizo (en adelante “las cinco comunidades”), del Municipio de Tecoanapa, Guerrero, se dirigieron al manantial conocido como “Las Cazuelas”, ubicado en el ejido de San Francisco, del mismo Municipio, para impedir que el agua de ese manantial se siga explotando de manera particular e irregular. La anterior es una medida definitiva ante los incumplimientos de acuerdos firmados con autoridades de distintos niveles de gobierno durante más de cinco años.

Desde el año 2002, las cinco comunidades empezaron a gestionar el servicio de agua potable para sus poblaciones, debido a que no cuentan con este vital líquido y porque el río que constituye su único abastecimiento para consumo doméstico se encuentra contaminado por la descarga que hace la cabecera municipal de sus aguas negras en él.

El 12 de marzo de 2007, se aprobó el proyecto denominado “Sistema de Agua Potable”, con una inversión de 24 millones de pesos aportados por los tres niveles de gobierno, consistente en captar agua del manantial conocido como “Las Cazuelas”, ubicado en el ejido de San Francisco, del mismo Municipio, para abastecer de agua potable a la cabecera municipal, Tecuantepec, Buena Vista y las cinco comunidades. Este proyecto contempla también el tratamiento de las aguas negras que actualmente desembocan en el río de Tecoanapa.

Desde el mes de Marzo del 2007 se inició la construcción del Sistema Múltiple de Agua Potable, y el 06 de febrero de 2009 cuando existía un avance del 85% de la primera etapa, los trabajos fueron interrumpidos por un grupo de personas encabezado por los integrantes del autodenominado Comité de Agua de Tecoanapa, quienes además destruyeron parte de los avances, sin que a la fecha se haya procedido penalmente en contra de esas personas; por el contrario, se ha procedido penalmente a través de delitos fabricados en contra de quienes han demandado la conclusión de la obra.

A partir de que la construcción de la obra fue suspendida, no se han reanudado los trabajos, a pesar de que los estudios técnicos, científicos, de sustentabilidad e impacto ambiental y legales, demuestran la viabilidad de la obra y de que el Gobernador del Estado, el Congreso del Estado y el Cabildo Municipal de Tecoanapa, han sostenido una postura a favor del proyecto, de manera verbal y a través de minutas firmadas con representantes de los cinco pueblos.

Por lo anterior, los habitantes de las cinco comunidades, “hemos decidido tomar el manantial “Las Cazuelas” para impedir que el agua se siga explotando de manera unilateral e irracional, ello con base al compromiso político asumido con el Cabildo Municipal de Tecoanapa, suscrito con fecha 05 de marzo de 2009, ya que en la cláusula 5 se plasmó que si “la ciudadanía de la cabecera municipal, vuelve a bloquear con inconformidades el seguimiento de la obra, el pueblo de San Francisco taponeará la red de tubería que abastece al pueblo de tecoanapa”. Y no permitiremos que la cabecera municipal se abastezca de agua si no es a través del Sistema de Agua Potable.

El ejido de San Francisco respalda la postura de los cinco pueblos y reitera: que en virtud de que el manantial se ubica en su territorio, han decidido que esa agua se distribuya entre los ocho pueblos que están contemplados en el Sistema de Agua Potable, y que si en un lapso de tres días las autoridades no muestran la voluntad de concluir esa obra, los ejidatarios de San Francisco volverán a ocupar las tierras de riego que desocuparon para mantener el bosque y conservar el manantial “Las Cazuelas” de manera sustentable; incluso, procederán a retirar toda la tubería ajena al ejido de San Francisco para evitar que exista una toma unilateral que no tiene vigilancia ni transparencia alguna.

Los gobiernos estatal y municipal han sido omisos en garantizar, respetar y proteger el derecho a la salud de los cinco pueblos. En primer lugar, porque de acuerdo a los criterios establecidos por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU, en su Observación General Número 15, no han agotado los medios a su alcance para hacer llegar ese vital líquido a los pueblos, a pesar que existe un proyecto aprobado con un presupuesto asignado para hacerlo; en segundo lugar, porque no han implementado campañas de salud para atender a las personas que han contraído enfermedades gastrointestinales y de la piel a causa del consumo de agua contaminada y; en tercer lugar, porque no han protegido los bienes y servicios dirigidos a los pueblos contra las acciones de terceros.

Se viola en perjuicio de los cinco pueblos el derecho al acceso al agua potable, a la protección de la salud y a un medio ambiente sano, consagrados en el artículo 4º. Constitucional, el párrafo 1 del artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, entre otros instrumentos firmados y ratificados por el Estado Mexicano. A esto hay que agregar que la CODDEHUM emitió el día 2 de febrero del presente una recomendación al Gobierno del Estado, a través del Secretario de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, así como al Cabildo Municipal de Tecoanapa, para que garanticen los derechos mencionados, sin que a la fecha ninguna de las autoridades hayan dado una respuesta en el sentido de si aceptan la recomendación emitida o no.

Por su parte, la Red Guerrerense de Organismos Civiles de Derechos Humanos AC, emitió esta mañana la Acción Urgente AU-07/2010, en la que solicita a personas y organizaciones defensoras de derechos humanos estatales, nacionales e internacionales, envíen cartas, faxes y correos electrónicos dirigidas a autoridades locales, estatales y federales, demandando la solución inmediata del conflicto, a través de la conclusión de la obra, la atención médica a las personas enfermas y el respectivo saneamiento del Río de Tecoanapa, además de exigir que no sean criminalizados los habitantes que participan en la legítima defensa de sus derechos humanos y la garantía de seguridad en la zona.

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